|
Importancia del juez en la sociedad.
Cual es la función del juez y las condiciones de las personas encargadas de juzgar, para hacerlo no solo de acuerdo a la legalidad sino también a la Justicia
El nuevo siglo y el nuevo milenio debe
ser un tiempo de renovación, y también, de una nueva
Administración de Justicia. No se trata de cambiar el concepto
tradicional y natural de lo que es justo o injusto, pero sí que
hay que ir hacia una forma de aplicación y de interpretación de
las normas, más abierta, más acorde con la realidad social del
hombre de hoy que necesita de la justicia y de una organización
estatal que sólo tiene auténtico porvenir desde el estado de
derecho, cuyos garantes custodios son los Jueces.
Se ha de buscar, por tanto, un Juez humano, metido en cuantos
problemas afectan a la sociedad que le rodea, consciente de que
tiene una vocación especial que constituye algo más que un
medio de vida o una profesión. Es un llamado a defender la Ley,
y de forma especial, a los más necesitados del amparo legal,
como los ausentes, los desaparecidos, los incapaces, las personas
marginadas y aquellas que aunque hayan cometido errores en su
vida, debe ayudárseles a encaminarse hacia un futuro de
convivencia en esa sociedad de paz y justicia que los nuevos
Jueces tienen de alguna forma que transmitir. No se ha de olvidar
que aquello que guarda el interior de nuestro corazón, de alguna
forma es recibido por los demás. El que está inquieto, el que
tiene espíritu de revancha, transmite inquietud y guerra, pero
el que en su interior goza de paz y sentido de lo verdaderamente
justo, transmite paz y justicia.
La angustia, la depresión, la desesperación del hombre
contemporáneo se deben a la ausencia de estas verdades y de
estas certezas. La explosión epidémica de enfermedades mentales
de la esquizofrenia o el síndrome de Alzheimer, ponen al desnudo
el desequilibrio mental de nuestra sociedad. Y nuestra sociedad
no tiene equilibrio precisamente porque está privada de
determinadas certezas y valores que un Juez puede proporcionarles
con su justicia, con su capacidad de creer en lo bello, de amar
lo bueno y de luchar por los más necesitados. He aquí el gran
camino de los nuevos Jueces, en un nuevo siglo y en una nueva
Justicia.
La función del juez
La auténtica función judicial no se aprende solamente en textos
jurídicos y en obras de gran valor científico, sino que tiene
que estar unida a la experiencia y riqueza de la vida, a sus
miserias y a sus grandezas. El Derecho, en sí mismo, es la vida
de las personas; entre el nacimiento y la muerte se producen una
serie de figuras reguladas por la Ley: los derechos y relaciones
paternofiliales, el matrimonio, el trabajo, el contrato, los
medios de vida, el delito, etc. Consecuentemente, un Juez debe
estar inserto en la vida diaria, en el momento que le ha
correspondido vivir, actuando intensamente sobre el presente que
tiene en sus manos. Es un error renunciar a aspectos de estudio,
teoría y riqueza vital, sustituyéndolos exclusivamente por un
sentido práctico de lo que puede hacer un Juez. La práctica que
se sustenta en una buena formación da excelentes autos. No así
la que carece de aquellos principios de la vida a los que hemos
hecho referencia.
Al hablar de función judicial, preferiría cambiar el término
por el de «misión del Juez». Función es la acción y
ejercicio de un empleo o cargo. Misión es poder y facultad para
desempeñar un cometido. En la labor judicial, el cometido está
por encima del cargo. El diccionario académico, en una de sus
acepciones, habla de «la misión» como acción de enviar.
Transmitir la buena nueva a quien la necesite. Eso es,
exactamente, el trabajo fundamental de un Juez: ser un enviado a
la vida diaria para transmitir la buena noticia de una sociedad
de justicia y de un estado de derecho sin discriminaciones, que
se hace y forma diariamente, en la vida profesional de Jueces y
Magistrados. Es, precisamente, la efectividad de la Justicia la
máxima aspiración de los pueblos cultos. Una de las más
antiguas Compilaciones del mundo, las Leyes de Manu, dicen que la
Justicia es el único amigo que acompaña a los hombres después
de la muerte, pues todo otro afecto está sometido a la misma
destrucción del cuerpo. Y si la Justicia es imperecedera, si el
hombre lleva en sí este sentimiento, es indudable que al tratar
de plasmar dicho sentir en una acción humana, no puede
considerarse como mera función, simple actuación de
funcionario, sino como verdadera misión trascendente,
fundamental y esencialísima dentro de la organización de la
sociedad. Goldschmidt dice que la virtud de la Justicia, lejos de
ser sólo una virtud moral, es más bien una virtud intelectual y
posee repercusiones sobre la voluntad. Cuando el Juez es
consciente de esa misión y de esa virtud, aprende que la norma
jurídica le dará la pauta a seguir de la que no debe salirse,
pero sin imponerle barreras infranqueables ni limites rígidos.
Porque hay que tener presente que la Justicia no es la
aplicación estricta de las normas, sino la actualización del
derecho positivo a un caso concreto y a un momento histórico
determinado (art. 2 del Código Civil). En este sentido, la
misión del Juez se acerca al orden legislativo sin invadirlo,
puesto que tiene que adaptar las normas legales a la cuestión
debatida. Esa actividad intelectual del Juez, se dirige al
hombre. No hay máquina ni puede haberla capaz de suplir los
elementos volitivos e intelectuales que logra aportar la criatura
humana. De ahí que el hombre convertido en Juez, sea el elemento
fundamental, la figura central del proceso, hasta el punto que se
ha llegado a afirmar que más que buenas o malas leyes, lo que
hay son buenos o malos Jueces.
Condiciones de las
personas encargadas de juzgar
El consejo del suegro de Moisés, tal como se lee en el Libro del
Éxodo (18, 20-22), sigue siendo válido: «escójete de entre el
pueblo hombres capaces, temerosos de Dios, hombres íntegros y
libres de avaricia y constitúyelos sobre el pueblo, para que
juzguen al pueblo en todo tiempo». El Juez público tiene que
tener tales condiciones; es el único capaz de transformar lo
ambiguo, abstracto o genérico en jurídicamente concreto y
definitivo, y esto se hace desde la sabiduría jurídica y
también desde la integridad y honestidad moral.
Hurtado de Mendoza perfila un poco más la figura del Juez como
hombre y jurista: «Pusieron los Reyes Católicos el gobierno de
la Justicia en manos de Letrados, cuya profesión eran las letras
legales, comedimiento, secreto, verdad, vida y alma y sin
corrupción de costumbres; no visitar, no recibir dones, no
profesar estrechura de amistades en razón al cargo, no vestir ni
gastar suntuosamente, humanidad en el trato y juntarse a las
horas señaladas para oír causas y tratar el bien público».
Así pues, el Juez de todos los tiempos, pero especialmente el de
la sociedad futura, debe ser un Juez con:
* Dignidad: obligación fundamental en su profesión, mediante
una conducta responsable guiada por la conciencia recta y
responsable.
* Amante de la Verdad, por su formación intelectual, ya que pone
su estudio e investigación al servicio de esa verdad. La Verdad
es siempre objetiva y los errores son también siempre
subjetivos. El Juez sólo cede cuando pronuncia verdad y no la
hace depender de la crítica u opinión de los demás, por mucho
que pueda comprometerle o desfavorecerle. El Juez es un servidor;
se debe a los demás, a personas que han cometido errores o
aquellos que someten a su decisión cuestiones de honor, de
familia o de economía. Es, por tanto, un servidor; el servicio
viene de amar, y el amar viene de reinar.
*El Juez es el servidor nato del reino de la paz y de la
justicia.
*Función social: Ha de que estar en la realidad social de su
tiempo. Ni los pasados fueron mejores, ni los futuros serán
peores. Es el momento presente, con sus circunstancias
políticas, históricas, laborales, conflictivas, de falta de
trabajo, de enfermedad y de grandes desigualdades, donde el Juez
tiene que ejercer su función, ante todo, social.
*Pensando en los demás, y olvidándose de su persona, porque la
verdadera Justicia se hace hacia el exterior y no contemplándose
a sí mismo.
* Secreto profesional: Debe mantener siempre el secreto de lo que
actúa, con las excepciones que están especificadas en la Ley.
No es la falta de publicidad del proceso, sino el no dar a
conocer, con interpretaciones desviadas, aquéllo que sabe por el
ejercicio de su profesión; y sentir a la Justicia en primer
lugar, y el Juez encargado ha de estar situado en un segundo
puesto de discreción, prudencia, anonimato, silencio y humildad.
Lo importante ha de ser hacer el bien supremo de Administrar
Justicia, y que su persona, o la de su compañero judicial,
aparezca como lo menos importante pues todos, cualquier Juez, ha
de pretender siempre lo mismo: el reinado de la justicia.
* Compañerismo: Estar cerca unos compañeros de otros. Por sí
mismo, el Juez, en sus últimas decisiones, es un hombre
solitario. No ha de olvidar la voz de la experiencia. El consejo
útil del amigo. La meditación de un tema entre varios y la
tranquilidad después de haber resuelto con arreglo a su
conciencia y al derecho que debe aplicar.
* Orden personal: Por último, debe mantener un orden en su vida
particular, que refleje ese mismo orden en el despacho y en todas
sus actuaciones judiciales. San Agustín decía que la paz es la
tranquilidad en el orden, y un Juez no está tranquilo por
ausencia de problemas sino porque trata de resolverlos, con orden
y armonía.
Conclusiones
En definitiva, la Justicia del siglo XXI, debe restablecer la
confianza de los ciudadanos en sus Jueces, y para ello ha de
estar dotado de valores de transcendencia y de seguridad en lo
que se decide, que permitan al justiciable acudir con esa
especial confianza a sus Tribunales. Aquello del molinero de
Berlín ante el Emperador que trataba de quitarle sus tierras:
«todavía hay Jueces en Berlín».
Unamuno decía: «el amor compadece y compadece más, cuanto más
ama». Por su parte Esquilo: «el que nunca ha amado no puede ser
bueno». Toda su justicia, por severa que sea, tiene que estar
dirigida a la comprensión y al amor a su misión de juzgar, y a
las personas que deben beneficiarse de esa misión.
Para terminar, las palabras de un excelso poeta, San Juan de la
Cruz, que invita a un nuevo oficio, a un nuevo trabajo, a una
nueva misión.
Ya mi alma se ha empleado,
y todo mi caudal, en su servicio.
Ya no guardo ganado ni ya tengo otro oficio,
que sólo el amar es mi ejercicio.
Por Carlos Divar, El risco de la Nava.
"ARBIL,
Anotaciones de Pensamiento y Crítica", es editado por el
Foro Arbil
La reproducción total o parcial de estos documentos esta a
disposición de la gente siempre bajo los criterios de buena fe y
citando su origen.