ARBIL, anotaciones de pensamiento y critica, nº 51
La legislación humana sólo posee carácter de ley cuando se conforma a la justa razón; lo cual significa que su obligatoriedad procede de la ley eterna. En la medida en que ella se apartarse de la razón, sería preciso declararla injusta, pues no verificaría la noción de ley; sería más bien una forma de violencia. S. Tomás de A., S. Th, 1-2, 93, 3 ad 2
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